El costo unitario de restricciones se calcula como el cociente entre el Total de Restricciones a cargo de la demanda (COP) y la Demanda Comercial Nacional (kWh).
Es importante aclarar que este indicador no corresponde a la componente de restricciones que los agentes comercializadores trasladan mensualmente a los usuarios, dado que dicho traslado se realiza de acuerdo con las fórmulas tarifarias del Costo Unitario de Prestación del Servicio (CU) definidas en la Resolución CREG 119 de 2007 y sus modificaciones.